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ANSES: Pensiones no contributivas: Fechas de pago de Enero de 2024

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó las fechas de pago de las Pensiones no contributivas correspondientes al mes de Enero de 2024. A continuación se detalla el calendario de pagos de Enero de 2024 Recuerden que la fecha exacta de cobro depende del último número del DNI. Fechas de cobro DNI terminados en Enero de 2024                 0-1   03/01/2024                 2-3 04/01/2024                    4-5 05/01/2024                 6-7 08/01/2024          ...

Es oficial el Subsidio extraordinario, importe y fecha de pago

Mediante la publicación del Decreto 218/2021 se oficializó el subsidio extraordinario.



Con el objetivo de continuar acompañando y cuidando a los sectores más vulnerables el ESTADO NACIONAL otorgará un subsidio extraordinario, por única vez, destinado

a) Los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a que refiere la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.

b) Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias.

c) Los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de SIETE (7) hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

El subsidio extraordinario será liquidado, por titular, por un monto máximo de PESOS MIL QUINIENTOS ($1500) que se abonará en el mes de abril de 2021, y por un monto máximo de PESOS MIL QUINIENTOS ($1500) que se abonará en el mes de mayo de 2021, siempre que los beneficios se encuentren en curso de pago en el mismo mensual en que se liquidará dicho subsidio.

Para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta PESOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON DIECISÉIS CENTAVOS ($30.857,16), el subsidio extraordinario será equivalente a PESOS MIL QUINIENTOS ($1500) y para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior al precitado monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON DIECISÉIS CENTAVOS ($32.357,16).

El subsidio extraordinario no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Comentarios

  1. Ubieran dado el subsidio callados sin anunciar nada! Acaso ¿no les da verguenza anunciar que les van a dar $1.500 a los jibilados? Por dos meses!! Y dan un plan de descuentos para comprar celulares, tv y artuculos para el hogar con la tarjeta de debito de anses, con un reintegro de $1.000 ¿de donde sacaria un jubilado para comprar en efectivo culquier cosa de esas? Que les pasa? La verdad estoy muy arrepentida de haberlos votados basur-s. Ustedes ni un calzon se compran con $1.500

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