La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó las fechas de pago de las Pensiones no contributivas correspondientes al mes de Enero de 2024. A continuación se detalla el calendario de pagos de Enero de 2024 Recuerden que la fecha exacta de cobro depende del último número del DNI. Fechas de cobro DNI terminados en Enero de 2024 0-1 03/01/2024 2-3 04/01/2024 4-5 05/01/2024 6-7 08/01/2024 8-9 09/01/2024 ¿Qué son las pensiones no contributivas? Es un apoyo económico que otorga el Estado Nacional a través del Ministerio de Desarrollo Social a personas que estén en situaciones de máxima vulnerabilidad, como: a) Adultos mayores sin recursos. b) Personas con discapacidad c) Madres de 7 o más h
Los cambios en la forma de calcular los aumentos para las
Jubilaciones, Asignación universal por Hijo, Pensiones no contributivas y
Asignaciones familiares se aplicarán desde el mes de abril de 2018 si es que se
aprueba en el Congreso de la Nación el cambio de la formula de movilidad según
lo que acordaron el Gobierno Nacional con todos los gobernadores.
Esta modificación implicara que los beneficiarios de las
Jubilaciones y de las asignaciones tengan dos aumentos durante el comienzo del
año 2018.
La primera de ellas que se estima de un 12% debería ser
abonada en el mes de marzo debido a que la fórmula actual de cálculo de los
aumentos considera para determinar dicho aumento las variables que
transcurrieron en el período comprendido entre julio y diciembre de 2017.
El segundo aumento se implementará, en caso de aprobarse la
reforma, en el mes de abril de 2018 y será en función del incremento de la
inflación producida en los meses de enero a marzo de 2018, por lo que no es
factible establecer a priori el porcentaje de aumento.
Es decir que en el primer cuatrimestre del año 2018 los 17
millones de jubilados y beneficiarios de prestaciones sociales deberían recibir
a) un aumento de no
menos del 12 % por el período julio-diciembre del 2017.
b) en abril otro aumento de acuerdo a la inflación de
enero-marzo de 2018 más un plus que aún no fue determinado de cuanto sería.
Así explicaron a Clarín especialistas en Seguridad Social
quienes señalaron que la actual fórmula de movilidad fija que los aumentos de
marzo y septiembre de cada año se calculan en base a la evolución de los
índices por semestre calendario: la movilidad de septiembre por los índices de
enero a junio y la movilidad de marzo por los cambios entre julio y diciembre
del año anterior. En consecuencia, antes que entre en vigencia la nueva
fórmula, el aumento correspondiente al período julio-diciembre, que debe pagarse
a partir de marzo de 2018, deberá calcularse por la actual fórmula que toma en
cuenta por mitades la evolución de los salarios y de la recaudación entre julio
y diciembre de este año.
El especialista previsional Guillermo Jáuregui precisó que
“si bien la movilidad se concede a partir del primero de marzo y septiembre de
cada año, en diciembre ya estará devengado el 100% del aumento que debe
abonarse en marzo próximo. Por tal razón, consideramos que cualquier
modificación al procedimiento solo será válida a partir de marzo de 2018 si se
deroga la fórmula actual en el Congreso Nacional y se sanciona la consiguiente
reforma. Intentar modificar retroactivamente el procedimiento de la movilidad
vulneraría la garantía constitucional de la movilidad consagrada en el art. 14
bis de la Constitución Nacional”.
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